A menos que haya realizado la formación TRI en una aeronave real, algo aplicable a ciertos aviones ejecutivos monomotor, como el Beechcraft 200 o el Cessna 525, su TRI para un tipo de aeronave concreto estará restringido únicamente a la instrucción en simulador. Esto equivale básicamente a las atribuciones SFI. Veamos en detalle las atribuciones TRI.
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En 2020 se revisaron Part-FCL y los correspondientes Medios Aceptables de Cumplimiento. Se modificó todo el proceso de formación TRI y de anotación de estas atribuciones en las licencias de tripulación de vuelo. Además, se introdujeron las atribuciones TRI LIFUS.
Tras numerosas quejas de los pilotos titulares de TRI, también se modificó por completo el sistema para registrar y acreditar las horas de instrucción.
Un problema habitual en el pasado era que cualquier tiempo de vuelo que se quisiera registrar como TRI tenía que proceder de la escuela de vuelo. Por lo tanto, aunque un piloto fuera titular de un certificado TRI y realizara diariamente formación de línea en ese tipo, no podía registrar esas horas para cumplir los requisitos de Type Rating Examiner ni los requisitos de instructor TRI. El tiempo de vuelo realizado durante LIFUS tampoco podía registrarse para la revalidación del certificado TRI.
Por ello, salvo que el TRI trabajara como freelance para un importante centro de formación o que la compañía tuviera su propio certificado ATO, el instructor de línea no podía revalidar su certificado TRI. Estas y muchas otras quejas fueron tenidas en cuenta y todo el sistema de obtención, revalidación y renovación del TRI fue revisado exhaustivamente e introducido en 2020 mediante normativa y medios de cumplimiento.
Al realizar formación en simulador o impartiendo formación de línea, podrá llegar a impartir formación para futuros instructores TRI o SFI.
En concreto, debe contar con al menos 50 horas de experiencia como instructor TRI o SFI, de acuerdo con el Reglamento (UE) n.º 1178/2011 o el Reglamento (UE) n.º 965/2012.
En otras palabras, la revisión de Part-FCL de 2020 supuso una ventaja para los capitanes de formación de línea titulares de un certificado TRI. Todo el tiempo de instrucción realizado como TRI durante LIFUS también puede contabilizarse para cumplir el requisito de 50 horas de experiencia.
Otro requisito debe cumplirse directamente en una ATO. Debe impartir la formación correspondiente al programa de instrucción del curso TRI, de acuerdo con FCL.930.TRI(a)(3), a satisfacción del Head of Training de una ATO.
Hasta ahora, las autoridades normalmente no anotan directamente estas atribuciones de Instructor TRI en el certificado TRI. La demostración de estas atribuciones suele realizarse mediante una carta de verificación escrita de la autoridad expedidora.
Uno de los principales cambios en las atribuciones TRI fue la introducción, en 2020, de las atribuciones de formación de línea o Line Flying Under Supervision (LIFUS).
En el pasado, la formación de línea podía ser impartida por un training captain designado internamente por la aerolínea y formado únicamente por el OM-D. Por lo tanto, aunque un piloto fuera titular de un certificado TRI, no podía proporcionar LIFUS como parte de sus atribuciones TRI.
Además, las horas de formación de línea no podían utilizarse para la revalidación o ampliación de las atribuciones TRI ni para obtener el certificado de Type Rating Examiner.
Con la introducción de las atribuciones LIFUS del certificado TRI, la instrucción realizada durante LIFUS puede contabilizarse para:
Si su TRI no está restringido, las atribuciones TRI LIFUS se incluyen automáticamente.
Si es titular de un denominado TRI restringido, deberá realizar una formación TRI específica para obtener las atribuciones LIFUS.
Para obtener las atribuciones TRI LIFUS, deben cumplirse los requisitos de FCL.910.TRI(a)(1). Esto significa que el solicitante de un certificado TRI(A) con atribuciones LIFUS debe recibir formación en un FSTD de acuerdo con FCL.930.TRI(a)(4)(i), que incluye:
Al finalizar esta formación, el instructor candidato debe completar un sector de ruta bajo la supervisión y a satisfacción de un TRI(A) designado para ello por la ATO.
La anotación en la licencia está establecida en GM1 FCL.910.TRI(a) y (b).
Un TRI restringido con atribuciones LIFUS y de formación de aterrizajes tendrá en su licencia la siguiente anotación:
“TRI/r LIFUS”
Salvo que el solicitante vaya a realizar un curso ZFTT, la habilitación de tipo inicial debe completarse mediante la denominada formación de base.
La formación de base consiste en 4 o 6 circuitos, incluidos el go-around y el aterrizaje completo.
Hasta la última revisión de Part-FCL, solo unos pocos TRI senior realizaban este tipo de formación y los requisitos exactos para los base trainers eran bastante ambiguos.
La revisión de Part-FCL introducida en 2020 estableció las atribuciones restringidas de TRI para formación de aterrizajes, que en realidad corresponden a la formación de base en la terminología de Part-FCL.
Para obtener las atribuciones TRI de Landing Training, el titular debe cumplir los requisitos de FCL.910.TRI(a)(2), incluyendo la formación específica en FSTD de acuerdo con FCL.930.TRI(a)(4)(ii).
La formación en FSTD debe adaptarse al tipo de aeronave y los ejercicios deben ser progresivamente más exigentes para cada candidato a instructor.
Entre los contenidos se incluyen:
El solicitante deberá recibir formación adicional en otros elementos anormales durante el curso, cuando sea necesario.
La anotación en la licencia está establecida en GM1 FCL.910.TRI(a) y (b).
Por ejemplo, un TRI restringido con atribuciones LIFUS y Landing Training tendrá en su licencia:
“TRI/r LIFUS LT”
Ser titular de un certificado TRI sin restricciones significa que el Instructor de Habilitación de Tipo está autorizado para impartir formación de vuelo en la aeronave.
Esto normalmente no es aplicable a la mayoría de los aviones multipiloto. La razón es que la normativa establece que la formación para aviones multipiloto debe realizarse en simulador. Por este motivo, la formación de vuelo en aeronave no se utiliza para la obtención inicial de la habilitación de tipo.
Por ello, es muy poco habitual encontrar instructores con un TRI sin restricciones para aviones multipiloto como el Boeing 737 o el Airbus A320.
Los casos que existen normalmente proceden de derechos adquiridos de la época de JAR-FCL o de antiguos Alternative Means of Compliance.
Podría decirse que la formación en vuelo es necesaria para la formación de base. Sí lo es. Sin embargo, es importante señalar que las atribuciones para realizar formación de base ya están incluidas en el TRI restringido con atribuciones de Landing Training.
Un TRI sin restricciones significa que el instructor puede impartir todas las maniobras y ejercicios requeridos para la obtención inicial de la habilitación de tipo.
El TRI sin restricciones es especialmente importante para instructores y escuelas de vuelo que ofrecen formación en determinados aviones para los cuales no existe un simulador disponible o accesible.
Esto se aplica principalmente a aviones complejos de altas prestaciones, como el Cessna 525, Beechcraft RA390 o Beechcraft 200. En estas aeronaves, la habilitación de tipo suele realizarse directamente en la aeronave y se requiere un TRI sin restricciones para la formación inicial.
Para obtener su TRI sin restricciones, debe cumplir el último párrafo de FCL.910.TRI(a):
“La restricción a FSTD se eliminará si los TRI han completado una evaluación de competencia en la aeronave.”
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