La Habilitación de Vuelo Instrumental es un tipo especial de habilitación establecido por las normas reglamentarias de ICAO y EASA, que permite a su titular actuar como piloto durante vuelos IFR.
En el sistema EASA, la Habilitación de Vuelo Instrumental siempre está vinculada a una habilitación de tipo o de clase. Esto significa que no existe una habilitación instrumental independiente en la licencia de piloto EASA. Todas las habilitaciones instrumentales incluidas en la licencia deben estar asociadas a una habilitación de tipo, por ejemplo Boeing 737/IR, o a una habilitación de clase, por ejemplo MEP(land)/IR.
Para mantener las atribuciones de la habilitación instrumental para una clase o tipo específico, la habilitación instrumental también está sujeta a una prueba de competencia de la licencia con un examinador EASA.
EASA también ha establecido la denominada Habilitación Instrumental Básica. Sin embargo, la BIR no está reconocida por los Estados que no son miembros de EASA y, además, está limitada exclusivamente a operaciones no comerciales.
La principal diferencia entre la CB-IR(A) y la BIR es sencilla.
Para realizar la CB-IR(A), se espera que el solicitante tenga cierta experiencia previa en vuelo instrumental. Esta experiencia instrumental puede proceder de una habilitación instrumental no EASA o de la experiencia de vuelo instrumental adquirida con un instructor IFR debidamente cualificado. También puede tratarse de experiencia adquirida mediante el ejercicio de las atribuciones BIR.
Una vez completado el curso de formación CB-IR y superada la prueba de pericia, el piloto obtendrá la Habilitación de Vuelo Instrumental EASA completa.
Obtener la Habilitación Instrumental Básica, o BIR, es considerablemente más sencillo que obtener una Habilitación de Vuelo Instrumental estándar. Sin embargo, una vez obtenida, las atribuciones BIR solo podrán ejercerse en operaciones no comerciales. La BIR tampoco está reconocida por los Estados miembros de ICAO, ya que se trata exclusivamente de una habilitación EASA. Su base jurídica es muy similar a la IRR establecida por la CAA del Reino Unido o a la antigua habilitación EASA de En-route Instrument Rating.
Nota: La Habilitación Instrumental Básica, abreviada como BIR e introducida en 2022, puede confundirse fácilmente con el Basic Instrument Flight Module, abreviado como BIFM. El BIFM es simplemente un módulo requerido para realizar la formación CPL o para obtener la Habilitación de Vuelo Instrumental EASA completa, y no tiene ninguna relación con la BIR.
La Habilitación de Vuelo Instrumental es un tipo especial de habilitación establecido por las normas reglamentarias de ICAO y EASA, que permite a su titular actuar como piloto durante vuelos IFR.
En el sistema EASA, la Habilitación de Vuelo Instrumental siempre está vinculada a una habilitación de tipo o de clase. Esto significa que no existe una habilitación instrumental independiente en la licencia de piloto EASA. Todas las habilitaciones instrumentales incluidas en la licencia deben estar asociadas a una habilitación de tipo, por ejemplo Boeing 737/IR, o a una habilitación de clase, por ejemplo MEP(land)/IR.
Para mantener las atribuciones de la habilitación instrumental para una clase o tipo específico, la habilitación instrumental también está sujeta a una prueba de competencia de la licencia con un examinador EASA.
EASA también ha establecido la denominada Habilitación Instrumental Básica. Sin embargo, la BIR no está reconocida por los Estados que no son miembros de EASA y, además, está limitada exclusivamente a operaciones no comerciales.
La principal diferencia entre la CB-IR(A) y la BIR es sencilla.
Para realizar la CB-IR(A), se espera que el solicitante tenga cierta experiencia previa en vuelo instrumental. Esta experiencia instrumental puede proceder de una habilitación instrumental no EASA o de la experiencia de vuelo instrumental adquirida con un instructor IFR debidamente cualificado. También puede tratarse de experiencia adquirida mediante el ejercicio de las atribuciones BIR.
Una vez completado el curso de formación CB-IR y superada la prueba de pericia, el piloto obtendrá la Habilitación de Vuelo Instrumental EASA completa.
Obtener la Habilitación Instrumental Básica, o BIR, es considerablemente más sencillo que obtener una Habilitación de Vuelo Instrumental estándar. Sin embargo, una vez obtenida, las atribuciones BIR solo podrán ejercerse en operaciones no comerciales. La BIR tampoco está reconocida por los Estados miembros de ICAO, ya que se trata exclusivamente de una habilitación EASA. Su base jurídica es muy similar a la IRR establecida por la CAA del Reino Unido o a la antigua habilitación EASA de En-route Instrument Rating.
Nota: La Habilitación Instrumental Básica, abreviada como BIR e introducida en 2022, puede confundirse fácilmente con el Basic Instrument Flight Module, abreviado como BIFM. El BIFM es simplemente un módulo requerido para realizar la formación CPL o para obtener la Habilitación de Vuelo Instrumental EASA completa, y no tiene ninguna relación con la BIR.
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